PRIMA POR DERECHO
Cuando la franquicia es nueva, independiente del tipo, se cancela un canon de
arriendo por el aviso (derecho de comercializar la marca, que se paga solo una
vez junto con la firma del contrato y que depende del valor del aviso). Si la
franquicia es urbana y ya está acreditada-comercializada, se cancela lo
correspondiente al 70% del promedio de ventas mensual como prima, por una sola
vez durante la permanencia del contrato.
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