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PRIMA POR DERECHO

Cuando la franquicia es nueva, independiente del tipo, se cancela un canon de arriendo por el aviso (derecho de comercializar la marca, que se paga solo una vez junto con la firma del contrato y que depende del valor del aviso). Si la franquicia es urbana y ya está acreditada-comercializada, se cancela lo correspondiente al 70% del promedio de ventas mensual como prima, por una sola vez durante la permanencia del contrato.

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